viernes 22 de marzo de 2024

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Despenalización de consumo de droga en la cárcel: "No significa que se legalice"

El fiscal de Estupefacientes, Leandro Favaro, dio detalles del fallo de la Corte Suprema de la Nación que definió que no se puede castigar a un preso por tener drogas para consumo personal en su celda

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La Corte Suprema de la Nación estableció que no se puede castigar a un preso por tener drogas para consumo personal. Los jueces del Máximo Tribunal definieron que es una "intromisión en la libertad" del consumidor, protegida por el artículo 19 de la Constitución.

"La corte sacó este fallo que declara inconstitucional la tenencia de drogas para el consumo dentro de la unidad penal, el fallo se remite a otro fallo donde la corte dijo que la tenencia de estupefacientes con fines de consumo personal en pequeñas cantidades no debería ser penalizada", explicó el fiscal Leandro Favaro, titular de la UFI de Estupefacientes.

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Foto: Ilustrativa

Foto: Ilustrativa

El investigador aseguró que esta medida no significa que se "legalice la droga". "Que no se penalice al consumidor no significa que se legalice la sustancia", aclaró. Al mismo tiempo consideró que "hay que ver cada caso en particular".

"Respecto a las cantidades nosotros tenemos un protocolo, que no se aplica a las unidades penales, sino a la calle o domicilios, siempre que la gente lo tenga en algún lugar que no afectan a terceros. Las actuaciones penales se realizan, lo que si es poca cantidad no imputemos a esa persona. Las causas se van a desestimar porque no hay delito. Sí modifica la conducta de esas personas", completó Favaro.

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