jueves 28 de marzo de 2024

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Tránsito

Aprobaron la Ley de Alcohol Cero al volante en la Provincia: cuándo comenzará a regir

La Legislatura bonaerense acompañó la iniciativa que prohíbe conducir con alcohol en sangre, aunque sea una mínima cantidad

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La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó la Ley de Alcohol Cero al volante, que prohíbe conducir con alcohol en sangre en todo el territorio bonaerense.

En una sesión maratónica en la que también se aprobó el Presupuesto 2023 para la provincia a cargo de Axel Kicillof, los diputados bonaerenses aprobaron este viernes una modificación a la Ley 13.927 del Código de Tránsito.

A partir del año que viene ya no se admitirán los 0,5 gramos de alcohol en sangre permitidos hasta el momento para conducir y normativa pasará a ser intolerante a cualquier tipo de sustancias.

"Se aprobó el proyecto que modifica la Ley 13.927, estableciendo la prohibición de conducir para quienes registren un nivel de alcoholemia superior a 0", confirmaron desde las redes sociales de la Cámara Baja provincial.

El proyecto aprobado también aplica severas penalidades "a quienes hayan consumido medicamentos, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que reduzcan las capacidades de manejo".

La aprobación de la ley fue impulsada por el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D'onofrio, quién celebró: "Logramos un paso fundamental para salvar vidas en la provincia de Buenos Aires. Hoy, la persona que va a conducir sabe que no tiene que tomar ni una gota de alcohol para hacerlo con responsabilidad".

Con esta nueva normativa, la provincia de Buenos Aires se suma a otras 11 jurisdicciones que no permiten registrar alcohol en sangre al volante: se trata de Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.

En base a los resultados de cada test de alcoholemia, se aplicarán las sanciones correspondientes. La Ley comenzará a correr a partir del 2023, con penas más leves en el primer año de aplicación como período de transición.

Tal como indicaron desde la cartera de Transporte bonaerense, "durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública".

Este criterio también aplicará a quiénes estén incurriendo en dicha infracción por primera vez en todo su historial, siempre con un límite de hasta 499 mg de alcohol en sangre en "cualquier tipo de vehículo". Y todo individuo que se niegue a ser evaluado será considerado como "positivo".

Tras cumplirse un año del inicio de la ley, las penalidades serán:

Hasta 499 mg de alcohol en sangre: tres meses de inhabilitación para manejar.

Entre 500 y 999 mg de alcohol en sangre: seis meses de inhabilitación para manejar.

Entre 1000 y 1500 mg de alcohol en sangre: 18 meses de inhabilitación para manejar.

Superior a los 1500 mg de alcohol en sangre: no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

Además de la retención de la licencia, se prevén multas de hasta 180.000 pesos, arresto y obligatoriedad de asistir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

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